CESANTIAS



Las cesantías buscan que el trabajador una vez quede sin trabajo, tenga unos recursos que le permitan sobrevivir mientras consigue otro. Con las cesantías se supone que el trabajador no queda desprotegido ante el desempleo que siempre está a la vuelta de la esquina.
Las cesantías son una forma de ahorro que es aportado por el empleador o empresario, ahorro del que disfrutará el empleado una vez termine su vinculación laboral.
Claro que el objetivo original de las cesantías ha sido modificado para perseguir otros fines que no tienen mucha relación con las razones que le dieron origen. Hoy, las cesantías se pueden retirar anticipadamente si estas se destinan para comprar casa o para estudiar. Recordemos que las cesantías en principio sólo se pueden retirar una vez terminado el contrato de trabajo, pues se supone que son recursos que buscan financiar los gastos de la persona que ha perdido su trabajo.

El artículo 249 del código laboral señala que por concepto de cesantías el empleador debe pagar al trabajador un mes de salario por cada año laborado, o proporcional si el tiempo laborado es inferior a un año. Muy sencillo realmente: un año trabajado un mes de salario. Medio año trabajado, medio salario mensual, etc.
Para realizar la provisión contable mensual de las cesantías se aplica el 8.33% al salario de cada mes; de esta forma en los 12 meses del año tendremos provisionado casi el 100% de la cesantías: 8.33x12 = 99.96%. Como es de suponer, ese 8.33% resulta de dividir 100 entre 12, y de esa forma cada mes se provisiona la doceava parte del salario.

Hay plazo hasta el 14 de febrero para pagar las Cesantías, si pasada esta fecha no se ha hecho el pago se generará una sanción por mora de un día de salario por cada día de atraso en el pago.
Las Cesantías se calculan mediante la fórmula Días laborados x Salario / 360 días, El auxilio de transporte deberá ser tomado como parte del salario para realizar la liquidación de cesantías.

Ejemplo cálculo de las cesantías
El trabajador ingresa el 15 de febrero de 2016 con un salario de $1.600.000. Liquidar las cesantías a 31 de diciembre de 2016.
Salario base: 1.600.000
Días laborados: 315
Procedemos a llevar esos valores a la fórmula:
(1.600.000 x 315)/360 = 1.400.000


Si el trabajador se retira de trabajar antes del 31 de diciembre del año en curso la empresa deberá pagar directamente al trabajador las Cesantías causadas por el tiempo trabajado.

Para entender un poco mejor como se debe realizar el cálculo de estas cesantías miremos el siguiente video:


Tomado de:  https://www.youtube.com/watch?v=XDo1y5iqoE0

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